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LOS DINARES NO SON UNA INVERSION ... El esquema de los dinares se encuentra en el uso de informaciones falsas para conducir a la gente a comprar dinares de Iraq ... LOS DINARES NO SON UNA INVERSION ...El esquema de los dinares se encuentra en el uso de informaciones falsas para conducir a la gente a comprar dinares de Iraq.

 

 RESOLUCION 661 !

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PostSubject: RESOLUCION 661 !   RESOLUCION 661 ! Icon_minitimeMon Jul 20, 2009 9:56 am

Esta es la Resolucion 661 - Podran R/V bajo estas condiciones aun impuestas ?
Noticias



Unidos
Naciones

S/RES/0661 (1990)
6 de agosto de 1990
RESOLUCIÓN 661 (1990)

Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 2933a sesión el 6 de agosto de 1990

El Consejo de Seguridad,

Reafirmando su resolución 660 (1990), de 2 de agosto de 1990,

Profundamente preocupado porque esa resolución no se ha aplicado y que la invasión de Kuwait por el Iraq continúa con más pérdidas de vidas humanas y destrucción material,

Decidido a llevar a la invasión y ocupación de Kuwait por el Iraq a su fin y para restablecer la soberanía, la independencia y la integridad territorial de Kuwait,

Tomando nota de que el legítimo Gobierno de Kuwait ha expresado su disposición a cumplir con la resolución 660 (1990),

Consciente de sus responsabilidades en virtud de la Carta de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales,

Afirmando el derecho inherente a la autodefensa individual o colectiva de defensa, en respuesta al ataque armado por parte del Iraq contra Kuwait, de conformidad con el artículo 51 de la Carta,

Actuando en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas,

1. Determina que el Iraq hasta la fecha no ha cumplido con el párrafo 2 de la resolución 660 (1990) y ha usurpado la autoridad del Gobierno legítimo de Kuwait;

2. Decide, en consecuencia, a adoptar las siguientes medidas para garantizar el cumplimiento del Iraq con el párrafo 2 de la resolución 660 (1990) y restablecer la autoridad del Gobierno legítimo de Kuwait;

3. Decide que todos los Estados deben impedir:

(a) La importación a sus territorios de todas las mercancías y productos originarios del Iraq o Kuwait exportan a partir de ella después de la fecha de la presente resolución;

(b) Las actividades de sus nacionales o en sus territorios que promuevan o se calculan para promover la exportación o el transbordo de cualesquiera productos o bienes del Iraq o Kuwait, y los tratos por sus nacionales o buques de su pabellón o en sus territorios en cualesquiera bienes o productos originarios del Iraq o Kuwait y exportados desde ese país a partir de la fecha de la presente resolución, incluida en particular la transferencia de fondos a Irak o en Kuwait a los efectos de esas actividades o transacciones;

(c) La venta o suministro por sus nacionales o desde sus territorios o usando buques de su pabellón, de cualesquiera productos o bienes, incluidas las armas o cualquier otro equipo militar, originarios o no de sus territorios, pero no incluidos los suministros destinados estrictamente a fines médicos, y, en circunstancias humanitarias, los alimentos, a cualquier persona u organismo en el Iraq o Kuwait o de cualquier persona u organismo a los efectos de cualquier negocio realizado en o desde el Iraq o Kuwait, y todas las actividades de sus nacionales o en sus territorios que promover o se calculan para promover tal venta o suministro de tales bienes o productos;

4. Decide que todos los Estados no se pongan a disposición del Gobierno del Iraq o de cualquier empresa comercial, industrial o de servicios públicos en el Iraq o Kuwait, cualesquiera fondos u otros activos financieros o recursos económicos y evitar que sus nacionales y cualquier otra persona dentro de sus territorios a partir de la eliminación desde sus territorios o cualquier otra forma a disposición de ese Gobierno o de cualquier empresa de este tipo de fondos o la transferencia de recursos y de cualesquiera otros recursos a las personas o entidades dentro de Iraq o Kuwait, con excepción de los pagos exclusivamente por razones estrictamente médicas o humanitarias y, en circunstancias humanitarias, productos alimenticios;

5. Exhorta a todos los Estados, incluidos los Estados no miembros de las Naciones Unidas, a que actúen estrictamente de conformidad con las disposiciones de la presente resolución sin perjuicio de cualquier contrato celebrado o licencia otorgada antes de la fecha de la presente resolución;

6. Decide establecer, de conformidad con el artículo 28 del reglamento provisional del Consejo de Seguridad, un Comité del Consejo de Seguridad integrado por todos los miembros del Consejo, para llevar a cabo las siguientes tareas e informe sobre su labor al Consejo, sus observaciones y recomendaciones:

(a) Examinar los informes sobre los progresos de la aplicación de la presente resolución que será presentado por el Secretario General;

(b) Recabar de todos los Estados más información sobre las medidas que hayan adoptado en relación con la aplicación efectiva de las disposiciones establecidas en la presente resolución;

7. Exhorta a todos los Estados a cooperar plenamente con el Comité en el cumplimiento de su tarea, incluyendo el suministro de la información que sea solicitada por el Comité en cumplimiento de la presente resolución;

8. Pide al Secretario General que proporcione toda la asistencia necesaria al Comité y que haga los arreglos necesarios en la Secretaría para este fin;

9. Decide que, no obstante lo dispuesto en los párrafos 4 a 8, no hay nada en la presente resolución se prohíbe la asistencia al Gobierno legítimo de Kuwait, y exhorta a todos los Estados:

(a) adoptar las medidas adecuadas para proteger los bienes del Gobierno legítimo de Kuwait y sus organismos;

(b) No reconocer a ningún régimen creado por la Potencia ocupante;

10. Pide al Secretario General que informe al Consejo sobre los progresos de la aplicación de la presente resolución, el primer informe que se presentará dentro de los treinta días;

11. Decide mantener este tema en el orden del día y que continúe sus esfuerzos para poner pronto fin a la invasión de Irak.

http://www.fas.org/news/un/iraq/sres/sres0661.htm


Last edited by COQUI on Mon Aug 10, 2009 7:48 pm; edited 1 time in total
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PostSubject: Re: RESOLUCION 661 !   RESOLUCION 661 ! Icon_minitimeWed Dec 23, 2009 4:21 pm

norbacos wrote:
ME TOPE CON ESTO EN OTRO FORO... alquien puede ayudar?

MrHood wrote:
Muchos siguen especulando que la resolucion 661 (sancion a Irak) ya fue eliminada. Muchos hasta tienen el descaro que decir que en la reunion de Diciembre 21 no se hablo de la continuacion de esta Smile

Por lo que yo he visto y leido la ONU no hace o dice nada implicitamente. Si no lo dicen y, por ende, lo documentan... no paso nada al respecto. (ese es mi pensar)

Revise varios links que hablan sobre la 661:
- http://www.un.org/Docs/sc/committees/IraqKuwait/IraqResolutionsEng.htm (RESOLUTIONS CONCERNING THE SITUATION BETWEEN IRAQ AND KUWAIT)
* S/RES/661 (1990) -->
* S/RES/687 (1991) --> http://daccess-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/N03/338/68/PDF/N0333868.pdf?OpenElement
* S/RES/700 (1991) --> http://daccess-dds-ny.un.org/doc/RESOLUTION/GEN/NR0/596/36/IMG/NR059636.pdf?OpenElement

Me tope con este del 29 April 2003 (S/2003/507) el cual aparenta ser la ultima sesion en el cual el consejo de Seguridad de La ONU hablo respecto de la 661 (http://daccess-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/N03/338/68/PDF/N0333868.pdf?OpenElement). Tal parece que la 661 esta relacionada con la 687 y la 700.

Este este documento dice lo siguiente:
I have the honour to transmit herewith, for the attention of the members of the
Council, a report of the Security Council Committee established by resolution 661
(1990) concerning the situation between Iraq and Kuwait pursuant to paragraph 6,
subparagraph (f)
, of the guidelines to facilitate full international implementation of
paragraphs 24, 25 and 27 of Security Council resolution 687 (1991).
The report was approved by the Committee on 14 April 2003.



YO ESTOY INTENDANDO SABER CUAL ES ESTE SUB-PARRAFO F pero nada. NO LO ENCUENTRO...
Quiza hayan haya hecho alguna enmiendo, alguna añadidura... no se...
Alguien puede arrojar mas luz al respecto?

SALUDOS NORBACOS,

A CONTUNUACION Y EN ORDEN CRONOLICA, LA INFORMACION CORRECTA !

1. EL CONSEJO DE SEGURIDAD, EMITIO LA RESOLUCION 1859, EN REFERENCIA, PARA REVISAR Y SACAR A IRAQ DEL CAPITULO 7, DEVOLVIENDOLE SU STANDING JURIDICO Y INTERNACIONAL


"5. Decide revisar las resoluciones relativas específicamente a Irak, comenzando con la aprobación de la resolución 661 (1990), y en ese sentido, pide al Secretario General que le informe, después de celebrar consultas con el Iraq, en los hechos pertinentes para su examen por el Consejo de las medidas necesarias para el Iraq internacional para lograr la igualdad a la que se celebró antes de la aprobación de esas resoluciones;


https://coquidinares.forumotion.com/consejo-de-seguridad-resoluciones-661-1483-1859-1883-1905-f11/resolucion-1859-t1254.htm

2. EL GOBIERNO IRAQUI, LANZO UNA CAMPANA EN LOS MEDIOS NOTICIOSOS, CON LA AYUDA DE LA COMUNIDAD INTERNACIONAL, PARA SER SACADO DEL CAPITULO 7 !

EN EL SIGUIENT LINK, USTED PODRA VER LAS DISTINTAS NOTICIAS POSTIADAS POR NUESTRO FORISTAS SOBRE IRAQ Y EL CAPITULO 7 :


https://coquidinares.forumotion.com/noticias-de-las-sanciones-f7/noticias-de-las-sanciones-f7-450.htm

3. SEGUN ESTABLECIO EL CONSEJO DE SEGURIDAD EN LA RESOLUCION 1859, EL C.S. LE PIDIO AL SECRETARIO DE LA ONU QUE RINDA UN INFORME PARA REVISAR TODAS LAS RESOLUCIONES QUE MANTIENE ATADO AL GOBIERNO IRAQUI CON EL FIN DE SACARLOS DEL CAPITULO 7 :

https://coquidinares.forumotion.com/reportes-del-sectretario-de-la-onu-respecto-a-resolucion-1859-f10/reporte-del-sec-de-la-onu-sobre-resolucion-1859-y-las-sanciones-t1626.htm

4. PA SORPRESAS DE MUCHOS, EL CONSEJO DE SEGURIDAD, OBTUVO EL REPORTE PERO NO TOMO UNA DECISION AL RESPECTO !

5. EL CONSEJO DE SEGURIDAD EMITIO UN REPORTE EN DIC. 2009 Y DIJO LO SIGUIENTE :

"En general, la mayoría de los miembros del Consejo no ve ninguna posibilidad real de acción sobre las resoluciones históricas en diciembre. Estas resoluciones se pueden dividir en tres categorías: Irak / Kuwait cuestiones, cuestiones de desarme y las cuestiones relativas a la IED, La Junta y de petróleo por alimentos ". No parece haber un creciente consenso entre los miembros del Consejo que se requiere más esfuerzo por parte de Irak para resolver las cuestiones pendientes relativas a Kuwait. Algunas cuestiones, como las relativas a la frontera entre Irak y Kuwait, son considerados como áreas en las que sería relativamente fácil para el Iraq para hacer algunos progresos."

https://coquidinares.forumotion.com/noticias-de-las-sanciones-f7/reporte-del-consejo-de-seguridad-sobre-iraq-t3814.htm

6. EL CONSEJO DE SEGURIDAD EMITIO UNA NUEVA RESOLUCION 1905 PARA EXTENDER LA PROTECCION A LA CUENTA DFI PERO NO TOCO EL TEMA DE LAS SANCIONS VIGENTE PARA SACAR A IRAQ DEL CAPITULO 7 :

https://coquidinares.forumotion.com/consejo-de-seguridad-resoluciones-661-1483-1859-1883-1905-f11/resolucion-1905-t3896.htm

7. OBJETIVAMENTE, ESO ES LO QUE TENEMOS POR EL MOMENTO ... NI MAS NI MENOS !


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PostSubject: Re: RESOLUCION 661 !   RESOLUCION 661 ! Icon_minitimeWed Dec 23, 2009 9:49 pm

norbacos wrote:
Gracias por la respuesta.

Pregunta: Cuando fue la ultima ve que el Consejo de Seguridad de la ONU toco el tema de la resolucion 661?


Lo ultimo que consegui sobre las revisiones realizadas a la 1859 fueron estas:
- First report of the Secretary-General pursuant to paragraph 3 of resolution 1859 (2008) - NO TIENE NADA QUE VER CON LA 661
http://daccess-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/N09/484/38/PDF/N0948438.pdf?OpenElement

- Report of the Secretary-General pursuant to paragraph 5 of resolution 1859 (2008)
http://daccess-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/N09/420/02/PDF/N0942002.pdf?OpenElement

Este ultimo toco el tema de la resolucion 1859 (especificamente el parrafo 5):
"5. Decide revisar las resoluciones relativas específicamente a Irak, comenzando con la aprobación de la resolución 661 (1990), y en ese sentido, pide al Secretario General que le informe, después de celebrar consultas con el Iraq, en los hechos pertinentes para su examen por el Consejo de las medidas necesarias para Iraq logre alcanzar igualdad internacional a la que se obtenian antes de la aprobación de esas resoluciones;

“5. Decides to review resolutions pertaining specifically to Iraq, beginning with the adoption of resolution 661 (1990), and in that regard requests the Secretary-General to report, after consultations with Iraq, on facts relevant to consideration by the Council of actions necessary for Iraq to achieve international standing equal to that which it held prior to the adoption of such resolutions;

Por lo que entiendo para poder librarse de esa resolucion Irak debe:
1. Pagar por daños causados durante el regimen anterior.
2. Terminar completar los pagos a un "Compensation Fund" que establecio la ONU "A total of $27.1 billion has been paid by Iraq to date, with an outstanding payable balance of approximately $25.2 billion." (parrafo 5).
3. Estos pagos los sacan del DFI?
4. En el parrafo 6 establece lo siguiente: "Iraq has fulfilled all its obligations related to payment of compensation to all individuals and companies of various nationalities and Governments that were affected by the occupation of Kuwait in 1990/91."... lo que me da a entender que lo unico que queda es lo adeudado a Kuwait que la ONU reconocio. Entonces, de donde sacan los 120 billones que Irak debe (entre ellos 60 billones entre Arabia Saudita e Kuwait)?
5. Si la ONU no habla nada de esas otras deudas con otras paises, pueden o no pueden retener a Irak bajo la resolucion 661 una vez pague lo adeudado a Kuwait ($25.2 billones)?

1. EL CONSEJO DE SEGURIDAD TOCO EL TEMA DE LA 661 EN RESOLCUION 1483 :

"19. Decide dar por terminado el Comité establecido de conformidad con el párrafo 6
de la resolución 661 (1990) al concluir el período de seis meses en el llamado
el párrafo 16 supra y decide además que el Comité deberá identificar las personas
y entidades mencionadas en el párrafo 23 infra;"


https://coquidinares.forumotion.com/consejo-de-seguridad-resoluciones-661-1483-1859-1883-1905-f11/resolucion-1483-t1831.htm

QUE DICE EL PARRAFO 6 DE LA RESOLUCION 661 ?

6. Decide establecer, de conformidad con el artículo 28 del reglamento provisional del Consejo de Seguridad, un Comité del Consejo de Seguridad integrado por todos los miembros del Consejo, para llevar a cabo las siguientes tareas e informe sobre su labor al Consejo, sus observaciones y recomendaciones:

(a) Examinar los informes sobre los progresos de la aplicación de la presente resolución que será presentado por el Secretario General;

(b) Recabar de todos los Estados más información sobre las medidas que hayan adoptado en relación con la aplicación efectiva de las disposiciones establecidas en la presente resolución;


https://coquidinares.forumotion.com/consejo-de-seguridad-resoluciones-661-1483-1859-1883-1905-f11/resolucion-661-t1285.htm

2. AUNQUE LA RESOLUCION 1483 PERMITE IRAQ EL LIBRE COMERCIO Y LEVANTAR (CIERTAS) SANCIONES ECONOMICAS, LA RES. 1483 FUE DONDE NACIO EL DFI Y LA PROTECCION DE ESA CUENTA :

"22. Tomando nota de la importancia de la creación de un gobierno reconocido internacionalmente y representativo de Iraq y la conveniencia de la pronta terminación de la reestructuración de la deuda de Irak que se refiere el párrafo 15 supra, decide además que, hasta el 31 de diciembre 2007, a menos que el Consejo decida otra cosa, el petróleo, productos derivados del petróleo y el gas natural originarios de Iraq tendrán inmunidad hasta que el título pase al comprador inicial del proceso judicial contra ellos y no estar sujeto a ninguna forma de embargo, retención o ejecución, y que todos los Estados deberán adoptar todas las medidas que sean necesarias de conformidad con sus respectivos ordenamientos jurídicos para asegurar dicha protección, y que los ingresos y obligaciones derivados de la venta de los mismos, así como el Fondo de Desarrollo para el Iraq, gozarán de los privilegios e inmunidades equivalentes a los de los Estados Unidos Naciones, excepto que los privilegios mencionados y las inmunidades no se aplicarán respecto de cualquier procedimiento judicial en que recurrir a esos productos u obligaciones es necesaria para satisfacer una indemnización por daños y perjuicios en relación con un accidente ecológico, incluso un derrame de petróleo, que ocurra después de la fecha de adopción de la presente resolución;

http://www.reliefweb.int/rwarchive/rwb.nsf/db900sid/OCHA-64BJGL?OpenDocument

3. PERO DE LA MISMA MANERA QUE LEVANTARON EL LIBRE COMERCIO Y LEVANTAR (CIERTAS) SANCIONES ECONOMICAS, LA ONU TOMO EL TORRO POR LOS CUERNOS A IRAQ Y ORDENO A LOS ESTADOS A CONGELAR TODAS LAS CUENTAS QUE LE PERTENECEN A IRAQ Y LA UBIQUEN EN EL DFI :

"23. Decide que todos los Estados miembros en los que hay:

"(a) los fondos u otros activos financieros o recursos económicos del anterior Gobierno del Iraq o de órganos, sociedades u organismos ubicados fuera de Iraq a partir de la fecha de esta resolución, o

"(b) los fondos u otros activos financieros o recursos económicos que hayan sido sustraídos de Iraq o adquiridos por Saddam Hussein y otros altos funcionarios del antiguo régimen iraquí y sus familiares inmediatos, incluyendo entidades de propiedad o controlada, directa o indirectamente, por ellos o por personas que actúen en su nombre o bajo su dirección, deberán congelar sin demora los fondos u otros activos financieros o recursos económicos y, a menos que estos fondos u otros activos financieros o recursos económicos son a su vez objeto de una previa decisión judicial, administrativa, o gravamen arbitral o sentencia, de inmediato procederán a su transferencia al Fondo de Desarrollo para el Iraq, en el entendido de que, a menos que se abordaron, las demandas presentadas por particulares o entidades no gubernamentales sobre los fondos transferidos u otros activos financieros puede ser presentada a la gobierno reconocido internacionalmente y representativo del Iraq y decide también que todos esos fondos u otros activos financieros o recursos económicos gozarán de los mismos privilegios, inmunidades y la protección con arreglo al apartado 22;


http://www.reliefweb.int/rwarchive/rwb.nsf/db900sid/OCHA-64BJGL?OpenDocument

4. EL REPORTE DEL SECRETARIO DE LA ONU ES CLARO Y PRECISO SOBRE LAS RESOLUCIONES QUE AUN SIGUEN ATADAS A IRAQ DESDE LA RES. 661 :


CONSEJO SEGURIDAD
Distr. general
27 de julio de 2009
Español
Original: inglés
09-42005 (S) 290709 290709
*0942005*

Informe del Secretario General presentado en
cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo 5
de la resolución 1859 (2008)

I. Introducción

1. En el párrafo 5 de la resolución 1859 (2008), el Consejo de Seguridad decidió
examinar las resoluciones que se referían concretamente al Iraq, comenzando con la
resolución 661 (1990), y al respecto pidió al Secretario General que, previa
celebración de consultas con el Iraq, lo informara sobre los hechos de importancia
para su examen de las medidas necesarias a fin de que el Iraq alcanzara una posición
internacional equiparable a la que tenía antes de que se aprobaran esas resoluciones.

2. El presente informe ofrece los hechos tal como solicitó el Consejo. para
preparar el informe, la Secretaría examinó las resoluciones que se referían al Iraq,
aprobadas por el Consejo a lo largo de un período de 18 años, comenzando con la
resolución 661 (1990), de 6 de agosto de 1990. Diez diferentes programas,
departamentos y oficinas, y organizaciones internacionales de las Naciones Unidas
participaron en ese examen de los hechos pertinentes y en la preparación del
informe. La Secretaría también consultó al Gobierno del Iraq y a otras partes
interesadas pertinentes durante la preparación del informe.
Salvo indicación en
contrario, los mandatos y requisitos derivados de esas resoluciones tratados en este
informe se consideran aún en vigor.


https://coquidinares.forumotion.com/reportes-del-sectretario-de-la-onu-respecto-a-resolucion-1859-f10/reporte-del-sec-de-la-onu-sobre-resolucion-1859-y-las-sanciones-t1626.htm

5. EL RECLAMO DE IRAQ PARA SALIR DEL CAPITULO 7 :


Irak FM: sanciones de la ONU necesidad de poner fin


updated 3:17 a.m. EDT, Tue July 21, 2009

De Jill Dougherty
Departamento de Estado, Corresponsal de CNN Departamento de Estado, Corresponsal de CNN
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WASHINGTON (CNN) - Casi dos décadas después de la primera guerra del Golfo y seis años después de que Saddam Hussein fue removido del poder, Iraq sigue siendo objeto de 73 resoluciones de las Naciones Unidas.

Ahora, el ministro de Relaciones Exteriores de Irak dijo que su país "no va a recuperar su plena soberanía e independencia, sin deshacerse de esas resoluciones."

En declaraciones a periodistas en Washington, Hoshyar Zebari, dijo el lunes que Irak ha pagado "miles de millones" de dólares en virtud del Capítulo 7 de las sanciones de la ONU impuestas al Iraq como consecuencia de la invasión de Irak en 1990 de Kuwait y la guerra subsiguiente.

El Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas está revisando las sanciones, y Zebari, dijo que había "intensos debates" en Nueva York con los miembros del Consejo de Seguridad. Dijo que "Creo que el resultado es positivo".

"Sentimos una gran cantidad de buena voluntad que, en realidad, ha llegado el momento para el Iraq para deshacerse de todas esas restricciones y recuperar su prestigio internacional y su posición como un país normal".

El canciller iraquí dijo que llevar a Irak fuera del Capítulo 7 es un "compromiso estadounidense también", ya que el Iraq firmó el estatuto de las fuerzas de acuerdo con los Estados Unidos, que regula la presencia de fuerzas de EE.UU. en Irak, basándose en su entendimiento de que ayudaría a los EE.UU. Iraq a salir del Capítulo 7.

Ministro de Relaciones Exteriores Zebari, dijo que las sanciones que imponen una pesada carga sobre Irak - que sigue pagando el 5 por ciento de sus ingresos petroleros a Kuwait, por debajo de los primeros 30 por ciento.

Las fuerzas de seguridad iraquíes, dijo a los periodistas, han "demostrado que son capaces de defenderse a sí mismos y el país". En los próximos seis meses, sin embargo, dijo, el país enfrenta algunos riesgos.
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"Lo que puede verse como problemas podría convertirse en crisis a menos que este gobierno mantiene su enfoque y el apoyo para impulsar la situación hacia delante, de lo contrario esta estrategia global de despliegue responsable podría verse afectada".

Si eso sucede, dijo Zebari, que "tendrá un impacto lo que los EE.UU. está haciendo en el Oriente Medio, en el proceso de paz árabe, con Irán, incluso en Afganistán, porque Irak es un jugador importante en la región".


http://translate.google.com/translate?js=y&prev=_t&hl=en&ie=UTF-8&layout=1&eotf=1&u=http%3A%2F%2Fwww.cnn.com%2F2009%2FPOLITICS%2F07%2F21%2Firaq.sanctions%2Findex.html&sl=en&tl=es

6. EL REPORTE DEL CONSEJO DE SEGURIDAD LO DICE TODO :


"En general, la mayoría de los miembros del Consejo no ve ninguna posibilidad real de acción sobre las resoluciones históricas en diciembre. Estas resoluciones se pueden dividir en tres categorías: Irak / Kuwait cuestiones, cuestiones de desarme y las cuestiones relativas a la IED, La Junta y de petróleo por alimentos ". No parece haber un creciente consenso entre los miembros del Consejo que se requiere más esfuerzo por parte de Irak para resolver las cuestiones pendientes relativas a Kuwait. Algunas cuestiones, como las relativas a la frontera entre Irak y Kuwait, son considerados como áreas en las que sería relativamente fácil para el Iraq para hacer algunos progresos."


https://coquidinares.forumotion.com/noticias-de-las-sanciones-f7/reporte-del-consejo-de-seguridad-sobre-iraq-t3814.htm

7. POR ULTIMO, ANALIZEMOS LO SIGUIENTE :


"En general, la mayoría de los miembros del Consejo no ve ninguna posibilidad real de acción sobre las resoluciones históricas en diciembre."

EN ARROZ Y HABICHUELA :

EL CONSEJO DE SEGURIDAD AUN NO HAN TOMANDO UNA DECISION FINAL SOBRE LA REVISION DE TODAS LAS RESOLUCIONES COMENZANDO CON LA 661 SEGUN CONSTA EN RESOLUCION 1859 EMITIDA EN DICIEMBRE 2008 PARA SACAR A IRAQ DEL CAPITULO 7 Y OTORGARLES SU STANDING JURIDICO Y INTERNACIONAL !


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PostSubject: Re: RESOLUCION 661 !   RESOLUCION 661 ! Icon_minitimeThu Dec 24, 2009 1:51 pm

norbacos wrote:
- A QUE SE REFIEREN CUANDO HABLAN DE ELIMINAR LOS ESTABLECIDO EN EL PARRAFO 6 DE LA RESOLUCION 661 UNA VEZ CONLUYERAN UN PERIODO DE 6 MESES?
19. Decides to terminate the Committee established pursuant to paragraph 6 of resolution 661 (1990) at the conclusion of the
six month period called for in paragraph 16 above and further decides that the Committee shall identify individuals and entities
referred to in paragraph 23 below;

EL PARRAFO 23 (uno bien largo, pero mayormente lo que habla es de ayudas humanitarias para asistir a Irak en la reconstruccion del pais) TE LLEVA AL PARRAFO 22...

- AQUI COMIENZA A HABLAR SOBRE EL DFI
22. Noting the relevance of the establishment of an internationally recognized, representative government of Iraq and the desirability of prompt completion of the restructuring of Iraq’s debt as referred to in paragraph 15 above, further decides that, until December 31, 2007, unless the Council decides otherwise, petroleum, petroleum products, and natural gas originating in Iraq shall be immune, until title passes to the initial purchaser from legal proceedings against them and not be subject to any form of attachment, garnishment, or execution, and that all States shall take any steps that may be necessary under their respective domestic legal systems to assure this protection, and that proceeds and obligations arising from sales thereof, as well as the Development Fund for Iraq, shall enjoy privileges and immunities equivalent to those enjoyed by the United Nations except that the above mentioned privileges and immunities will not apply with respect to any legal proceeding in which recourse to such proceeds or obligations is necessary to satisfy liability for damages assessed in connection with an ecological accident, including
an oil spill, that occurs after the date of adoption of this resolution;

- BAJO ESTE PARRAFO 15 HACE REFERENCIA AL "PARIS CLUB", LO QUE SUPONGO QUE SON LAS DEUDAS PERDONADAS A IRAQ POR PAISES COMO FRACIA, ALEMANIA, ETC.... TAMBIEN HACE REFERENCIA A OTRAS INSTITUCIONES BANCARIAS A AYUDARLOS... LO CUAL ME PARECE QUE FUE LO QUE HIZO CITIBANK Y JP MORGAN CHASE, ENTRE OTROS, PARA ACTUALIZAR LOS SISTEMAS BANCARIOS IRAKIES. Por las noticias que he leido durante este año, al menos este parrafo se completo a plenitud.
15. Calls upon the international financial institutions to assist the people of Iraq in the reconstruction and development of
their economy and to facilitate assistance by the broader donor community, and welcomes the readiness of creditors,
including those of the Paris Club, to seek a solution to Iraq’s sovereign debt problems;



DE HECHO, DESPUES DE LEER ESTA RESOLUCION (1483) NO SI ESTOY MAS ENREDADO. MAS PARECE QUE ESTAN SOLICITANDO AYUDAS DE OTRAS NACIONES MIESTRAR ESTE BAJO EL CAPITULO 7 PARA QUE IRAK PUEDA RESTABLECERSE INTERNACIONALMENTE LO MAS RAPIDO POSIBLE (DE LA PAGINA 2 "Acting under Chapter VII of the Charter of the United Nations" --> http://daccess-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/N03/368/53/PDF/N0336853.pdf?OpenElement).

LO QUE SI VEO NEGATIVAMENTE SOBRE EL ESTA BAJO EL CAPITULO 7, ES QUE LES MONITOREAN CADA PASO, NO PUEDEN HACER USO DE LOS INGRESOS DEL PETROLEO SIN PROVEER UN INFORME A LA ONU. ES COMO SI LOS ESTUVIERAN AUDITANDO.

VOY POR BUEN CAMINO O SIGO PERDIDO EN EL ESPACIO?

"LO QUE SI VEO NEGATIVAMENTE SOBRE EL ESTA BAJO EL CAPITULO 7, ES QUE LES MONITOREAN CADA PASO, NO PUEDEN HACER USO DE LOS INGRESOS DEL PETROLEO SIN PROVEER UN INFORME A LA ONU. ES COMO SI LOS ESTUVIERAN AUDITANDO.

VOY POR BUEN CAMINO O SIGO PERDIDO EN EL ESPACIO?"


ESTAS EN LO CORRECTO !


EL CAPITULO 7 MANTIENE IRAQ PRESO COMO NOS DIJO ZABARI :



Esfuerzos iraquíes para salir del Capítulo VII no a expensas de Kuwait' - Zebari

Política 7/16/2009 10:15:00 AM

"Durante nuestras reuniones, reafirmamos el deseo del gobierno iraquí y el compromiso de todas las legítimas resoluciones internacionales relacionadas con la situación entre el Iraq y Kuwait, el Iraq, pero está buscando a un plazo dentro del cual puede ser reintegrados a su medio natural y la condición jurídica internacional", Zebari dicho.


Dijo que el Iraq no puede seguir siendo un "preso" de las resoluciones internacionales"

https://coquidinares.forumotion.com/noticias-de-las-sanciones-f7/esfuerzos-iraquies-para-salir-del-capitulo-vii-no-a-expensas-de-kuwait-zebari-t1165.htm
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PostSubject: Re: RESOLUCION 661 !   RESOLUCION 661 ! Icon_minitimeFri Dec 25, 2009 8:55 am

norbacos wrote:
MUCHAS GRACIAS

GRACIAS A TI !
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PostSubject: Re: RESOLUCION 661 !   RESOLUCION 661 ! Icon_minitime

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